Gestión de Derechos Digitales (DRM)
La gestión de derechos digitales (Digital Rights Management) representa en concepto a las tecnologías orientadas a ejercer restricciones sobre los usuarios de un sistema, obligando a aplicar los derechos digitales delegados por comisión de los poseedores de derechos de autor e independientemente de la voluntad de uso del usuario del sistema.
En sí mismos, la mayoría de sistemas DRM no pueden ser teóricamente seguros, ya que el contenido digital puede ser copiado a nivel de hardware ya que este no es resistente a la manipulación. Pero lo realmete inquietante, es que por concepto, estos sistemas plantean un conflicto directo con las libertades y derechos civiles. Compartir la cultura y el conocimiento es algo extremadamente bueno y enriquecedor para todos los seres humanos. Sistemas como el DRM afectan una amplia colección de derechos, además evidentemente, de los derechos de autor y de propiedad intelectual:
- El derecho al libre acceso a la cultura.
- El derecho a la intimidad: Para decidir si otorgan o no acceso a cada obra, estos sistemas necesitan vigilarnos. De esta forma, un tercero tendrá información sobre qué, cómo y cuándo leemos, oímos música, escuchamos radio, vemos películas y accedemos a cualquier contenido digital.
- El derecho a realizar copias en casos particulares: Varias legislaciones de derechos de autor reconocen (e incluso cobran por ello) el derecho de las personas a confeccionar copias de las obras para uso privado. Esto incluye la posibilidad de realizar copias de respaldo, copias para acceder desde diferentes dispositivos e incluso copias para compartir con personas de nuestro entorno íntimo, siempre bajo la condición de que no medien transacciones comerciales. Estos derechos quedan obstruidos completamente con la implementación del DRM.
- La realización de obras derivadas: La realización de obras derivadas es un proceso común en la creación cultural. Muchas obras son trabajos derivados de obras anteriores. Esto incluye traducciones, realización de remixes, y otras formas de expresión. Estas acciones básicas de la producción cultural se tornan imposibles frente al DRM.
- Quienes trabajan en crítica literaria, cinematográfica, musical, e incluso política, utilizan el recurso de la cita para comentar las obras publicadas. El sistema de DRM impone trabas técnicas a esta posibilidad, con la consecuencia directa de poner cerrojos técnicos a la libertad de expresión.
- El "fair use" y las excepciones al copyright: Esta expresión común para la jurisprudencia norteamericana es otra de las víctimas de la aplicación del DRM. En muchos casos, las leyes de derechos de autor fijan excepciones para el ámbito educativo o para personas con alguna discapacidad que necesiten realizar copias de obras para poder acceder a ellas (como las traducciones al Braille o la utilización de audio-libros). Estos recursos quedan eliminados con los sistemas de DRM.
- El dominio público: Las restricciones técnicas de acceso no tienen fecha de vencimiento. Por tanto, cuando las obras entren al dominio público, las restricciones seguirán estando allí, vedando el acceso y la copia de materiales que legalmente podrían ser copiados. Otro tanto ocurre con obras que ya están en el dominio público y que se tornan inaccesibles para las personas cuando algún proveedor de contenidos las distribuye bajo un sistema de DRM.
- La presunción de inocencia: Con las medidas técnicas de restricción de acceso y copia, se declara a la ciudadanía culpable antes de que se pruebe lo contrario, privándola de una serie de derechos en forma preventiva, sin que se haya cometido ningún delito. Por otro lado, el desarrollo y utilización de mecanismos para eludir los DRM se convierte en un crimen aún cuando se realice para fines de investigación o para acceder a un contenido que se ha adquirido legalmente, aún cuando no se viole ningún derecho de autor.


